BRUSELAS dio el visto bueno a las condiciones hipotecarias impuestas por los bancos españoles.

Esto podría abrir la puerta a reclamaciones multimillonarias de aproximadamente un millón de propietarios españoles, calculan los expertos financieros.

El Fiscal General del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJCE) declaró que el Índice de Préstamos Hipotecarios (IRPH) no puede ser excluido de las directivas de la UE sobre cláusulas hipotecarias abusivas.

El IRPH español debería estar sujeto a control judicial debido a su «carácter potencialmente abusivo», dijo Bruselas.

Los bancos en España, con el apoyo del gobierno, han argumentado en el pasado que el carácter oficial del PIR hacía «imposible» su uso abusivo.

En 2017 el Tribunal Supremo de España falló a favor de los bancos aduciendo que el IRPH no es una cláusula esencial en un contrato hipotecario. Es un índice oficial «definido, fijo, calculado y supervisado por el Banco de España».

Debido a que el IRPH se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el índice debería ser excluido de las directivas de la UE, argumentó el Tribunal Supremo.

El fallo de la UE del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas no es vinculante aunque, por regla general, los jueces del TJCE tienden a seguir las recomendaciones del Fiscal General, según fuentes judiciales.

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